RESOLVEMOS LAS DUDAS MÁS FRECUENTES

22 preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

22 preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

Resolvemos las dudas más comunes a la hora de plantearnos realizar testamento o de convertirnos en herederos.

¿Qué es un testamento?

El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos o parte de sus bienes. Ver más

¿Quiénes pueden testar?

Las personas mayores de catorce años y que en el momento de formalizar el testamento estén en plena posesión de sus facultades. El documento será válido aunque después quede incapacitado mentalmente. Cuando se trate de un testamento ológrafo será necesaria la mayoría de edad.

¿Es recomendable hacer testamento?

Lo es. Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y económico que permite determinar el destino de nuestro patrimonio y evitar rencillas entre los herederos. Ver más

¿Hay que acudir a un notario para hacer testamento?

La tipología de testamentos es variada, aunque la fórmula más frecuente es acudir a un notario que, además, nos ayudará a asegurarnos de que nuestras disposiciones se ajustan a la ley.

¿Pueden hacerse varios testamentos?

Sí, pero únicamente será válido el último otorgado, que excluirá a los anteriores.

¿Qué es la legítima?

La legítima es la parte de bienes del patrimonio del testador/a que la ley obliga a dejar a sus herederos forzosos. Ver más

¿Puede una persona disponer libremente de su patrimonio?

No. El Código Civil obliga a dejar las dos terceras partes de los bienes de la herencia a los hijos e hijas o a los nietos. Si el fallecido es un hijo, heredarán los padres y ascendientes, y si no existiera, el viudo o viuda del fallecido.

¿Cómo se divide una herencia?

Con carácter general, y aunque existen excepciones en los derechos forales de algunas Comunidades Autónomas, la herencia se divide en tres partes. La primera es el tercio de legítima, que se reparte entre los hijos a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, heredan sus descendientes por derecho de representación, por estirpes. La segunda parte es el tercio de mejora, que se debe repartir también entre hijos y descendientes, pero no necesariamente a partes iguales. Se puede beneficiar a unos hijos frente a otros. El último tercio es el de libre disposición, que puede dejarse a quien se desee, sea o no familia. Ver más

¿Puedo desheredar a un hijo porque su estilo de vida no me parezca adecuado?

En ningún caso. Para que se pueda desheredar a un hijo es preciso que existan gravísimas causas recogidas expresamente en la ley. Por ejemplo, la existencia de una condena del heredero forzoso por haber atentado contra la vida del testador/a. Ver más

¿Qué pasa si no hay testamento?

En este caso se abre la sucesión intestada es decir, se sucede por disposición de la ley (o abintestato). En primer lugar recibirán la herencia los herederos forzosos en el orden establecido en la ley. Si no existen herederos forzosos, las personas de la familia más cercanas, y en caso de no haber familiares, hereda el Estado. Ver más

¿Cómo se puede saber si se ha realizado testamento?

Para conocer si existe o no testamento los herederos deben solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil y dirigirse al Registro de Actos de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia y pedir un certificado en el que se acredite si la persona fallecida realizó o no testamento. En el Registro constará este dato, así como en qué fecha se realizó y ante qué notaria o notario se hizo. Ver más

¿Qué hereda el viudo/a?

Si el fallecido/a no otorgó testamento y existen hijos o hijas del matrimonio, al viudo/a le corresponde el usufructo de la tercera parte de la herencia. Si no hay hijos ni hijas del matrimonio, pero viven el padre/madre del cónyuge fallecido, le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia. En el caso que no existan ni descendientes ni ascendientes del marido, a la viuda le corresponderá la totalidad de los bienes del marido.

Si hay testamento, dependerá de lo que allí dispuso el fallecido. Habitualmente, se suele mejorar la situación del cónyuge. Ver más

¿Qué es el usufructo viudal?

Es el derecho que tiene la viuda/o a disfrutar de los bienes de su cónyuge fallecido, con la obligación de conservarlos, es decir no podrá venderlos puesto que el titular del usufructo no es el propietario de los mismos. Ver más

¿Podrá sustituirse el usufructo por otro tipo de prestación?

Si existe acuerdo entre los herederos/as y la viuda, la parte de usufructo que le corresponde a ella puede sustituirse por una renta vitalicia, por un bien en propiedad, por una cantidad de dinero, etc.

¿Puede uno de los cónyuges otorgar testamento sin el conocimiento del otro?

Sí. Cualquier persona puede otorgar testamento en la forma que desee sin tener que comunicárselo a su marido o a su mujer. No obstante, a la hora de testar conviene saber que si el matrimonio rige por el régimen económico de sociedad de gananciales, sólo podrá disponer de la mitad de esos bienes. El resto, adquiridos antes del matrimonio o fruto de una herencia, son privativos y puede disponer de ellos en su totalidad.

¿Pueden otorgar testamento conjunto el marido y la mujer?

El testamento es un acto individual, sea cual sea el estado civil de los testadores. Por lo tanto, aunque ambos cónyuges quieran mejorar a determinados herederos o nombrarse herederos mutuamente, han de hacer testamento por separado.

¿Tiene algún derecho el divorciado o separado sobre los bienes de su ex cónyuge?

No. El divorcio o la separación legal son motivo de pérdida de los derechos hereditarios sobre los bienes del ex marido o de la ex mujer. Ver más

¿La herencia paga impuestos?

Si, las herencias pagan impuestos. El heredero deberá pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Ver más

¿Cuándo hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?

En el plazo de seis meses. Transcurrido ese plazo, Hacienda cobra el recargo correspondiente. Ver más

¿Cuánto hay que pagar en el Impuesto de Sucesiones?

Depende de los bienes heredados y del parentesco con el fallecido. Existe un mínimo exento. Ver más

¿Qué es un albacea?

Es aquella persona designada por el testador en su testamento para administrar sus bienes y dividirlos entre los herederos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el documento. El cargo de albacea es voluntario. Ver más

¿Puedo dejar la herencia a una persona o a una agrupación de mi confianza?

Sin tocar los derechos hereditarios de los legitimarios, es posible dejar un legado a quien se quiera, ya sea una persona física o jurídica. Dentro de la categoría de persona jurídica estarían las instituciones públicas o privadas, lo que incluye a las ONGs como organizaciones sin ánimo de lucro.

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Comentarios (272)

Diego
01 enero 2019 15:48
Mis abuelos murieron, y en su casa vive el hermano de mi madre y sus hijo . Quiero saber cómo puedo reclamar la parte correspondiente a mi madre, se les puede desalojar?
Beatriz
05 diciembre 2018 21:27
Me casé legalmente con un viudo ,él falleció y vivo en la unica propiedad que hay....él tiene una sola hija legítima y la mujer anterior cuatro hijos.No sé pudo terminar la declaratoria de herederos...y los hijos de las dos partes quieren hacer suseción y poner en venta la casa...Como queda mi situación ya que soy su viuda ?
mi madre fayecio y soy lejitimada por eya kiero reclamr mi erenci
27 noviembre 2018 03:28
Mi madre de criansa me lejitimo y soy la unica ke yevo el.apeyido kiero reclamar si me coreaponde erencia
NATALIA SACK
24 octubre 2018 00:19
HOLA BUENAS TARDES QUISIERA HACER UNA CONSULTA YA QUE ESTAMOS ATRAVESANDO UNA SITUACION DE PUNTOS DE VISTAS DISTINTOS EN LA FAMILIA.
MI PADRE FALLECIO Y DEJO 20 HECTAREAS DE CAMPO DE UNA HERENCIA DE SU FAMILIA. MI MADRE AL FALLECER MI PADRE HIZO LA SUCECION PARA 5 PERSONAS, ES DECIR ELLA LA ESPOSA VIUDA Y NOSOTROS 4 HERMANOS. MI MADRE HA ENFERMADO DE ALZHEIMER Y MIS HERMANAS QUIEREN VENDER EL CAMPO. COMO SERIA LA SITUACION SI MI MADRE NO PUEDE FIRMAR QUE ESTA DE ACUERDO CON LA VENTA. EL COMPRADOR DEL CAMPO SERIA YO. COMO SERIA LEGALMENTE ESTE PROCEDIMIENTO.
AGRADECERIA SU INFORMACION Y CONSEJO.
SALUDA ATTE. NATALIA
Nubia
17 octubre 2018 04:57
Buenas tardes, tengo una pregunta acerca de una casa intestada, mi papa se caso con mi mama ,naci yo ,compraron casa de infonavit 3 años despues mi mama fallecio y mi papa se volvio a casar y llevo a su esposa a vivir a nuestra casa, mi papa tuvo 2 hijas mas con su esposa ahora mis hermanas y yo somos mayores de edad, mi papa fallecio hace 14 años y no dejo testamento, a nombre de quien debe quedar la casa ahora porque debemos de ponerla a nombre de alguien?
Mario
13 octubre 2018 20:43
Si una persona con propiedades muere y no tiene ni hijos ni hermanos ni sobrimos, las propiedades a quien pasan?? Los primeros en recibirlo serian los primos hermanos? O estos no cuentan? Gracias
Maria Aurora Bernal Pérez
07 octubre 2018 15:50
Buenos dias mi madre falleció hace dos meses.Pero ella en vida vendio la herencia que le dejo su padre para ella sostenerse pues mis hermanos no le colaboraban.el caso es que mi hermano cambio de guardas y no deja entrar a los nuevos dueños. En el momento que ella vendio quedo estipulado que ella viviria ahi hasta sus últimos dias y ya mi madre esta en el cielo. Y los nuevos dueños deben tomar posesión de la casa. Pero mi hermano no deja. Por favor que ahi que hacer gracias.
Laura granda
06 octubre 2018 10:53
Hola mi padre antes de fallecer en pleno uso de razón me firmo con mi madre un documento donde me deja un terreno y fue antes de casarse con mi madre pero mis hermanos no quieren darme paso para hacer trámites de el terreno e incluso no me quieren dejar hacer nada y dicen que ese documento no es válido quiero saber si es verdad que el documento queda sin efecto pero el no a dejado testamento y mi madre es la viuda que puedo hacer gracias
Ana
01 octubre 2018 21:32
Buenas tardes quisiera saber soy heredera con asignación de una propiedad de mis padres,pero estamos en juicio ¿UEDO HACER TESTAMENTO AUNQUE ESTE PENDIENTE DE JUICIO?

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