RESOLVEMOS LAS DUDAS MÁS FRECUENTES

22 preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

22 preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

Resolvemos las dudas más comunes a la hora de plantearnos realizar testamento o de convertirnos en herederos.

¿Qué es un testamento?

El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos o parte de sus bienes. Ver más

¿Quiénes pueden testar?

Las personas mayores de catorce años y que en el momento de formalizar el testamento estén en plena posesión de sus facultades. El documento será válido aunque después quede incapacitado mentalmente. Cuando se trate de un testamento ológrafo será necesaria la mayoría de edad.

¿Es recomendable hacer testamento?

Lo es. Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y económico que permite determinar el destino de nuestro patrimonio y evitar rencillas entre los herederos. Ver más

¿Hay que acudir a un notario para hacer testamento?

La tipología de testamentos es variada, aunque la fórmula más frecuente es acudir a un notario que, además, nos ayudará a asegurarnos de que nuestras disposiciones se ajustan a la ley.

¿Pueden hacerse varios testamentos?

Sí, pero únicamente será válido el último otorgado, que excluirá a los anteriores.

¿Qué es la legítima?

La legítima es la parte de bienes del patrimonio del testador/a que la ley obliga a dejar a sus herederos forzosos. Ver más

¿Puede una persona disponer libremente de su patrimonio?

No. El Código Civil obliga a dejar las dos terceras partes de los bienes de la herencia a los hijos e hijas o a los nietos. Si el fallecido es un hijo, heredarán los padres y ascendientes, y si no existiera, el viudo o viuda del fallecido.

¿Cómo se divide una herencia?

Con carácter general, y aunque existen excepciones en los derechos forales de algunas Comunidades Autónomas, la herencia se divide en tres partes. La primera es el tercio de legítima, que se reparte entre los hijos a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, heredan sus descendientes por derecho de representación, por estirpes. La segunda parte es el tercio de mejora, que se debe repartir también entre hijos y descendientes, pero no necesariamente a partes iguales. Se puede beneficiar a unos hijos frente a otros. El último tercio es el de libre disposición, que puede dejarse a quien se desee, sea o no familia. Ver más

¿Puedo desheredar a un hijo porque su estilo de vida no me parezca adecuado?

En ningún caso. Para que se pueda desheredar a un hijo es preciso que existan gravísimas causas recogidas expresamente en la ley. Por ejemplo, la existencia de una condena del heredero forzoso por haber atentado contra la vida del testador/a. Ver más

¿Qué pasa si no hay testamento?

En este caso se abre la sucesión intestada es decir, se sucede por disposición de la ley (o abintestato). En primer lugar recibirán la herencia los herederos forzosos en el orden establecido en la ley. Si no existen herederos forzosos, las personas de la familia más cercanas, y en caso de no haber familiares, hereda el Estado. Ver más

¿Cómo se puede saber si se ha realizado testamento?

Para conocer si existe o no testamento los herederos deben solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil y dirigirse al Registro de Actos de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia y pedir un certificado en el que se acredite si la persona fallecida realizó o no testamento. En el Registro constará este dato, así como en qué fecha se realizó y ante qué notaria o notario se hizo. Ver más

¿Qué hereda el viudo/a?

Si el fallecido/a no otorgó testamento y existen hijos o hijas del matrimonio, al viudo/a le corresponde el usufructo de la tercera parte de la herencia. Si no hay hijos ni hijas del matrimonio, pero viven el padre/madre del cónyuge fallecido, le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia. En el caso que no existan ni descendientes ni ascendientes del marido, a la viuda le corresponderá la totalidad de los bienes del marido.

Si hay testamento, dependerá de lo que allí dispuso el fallecido. Habitualmente, se suele mejorar la situación del cónyuge. Ver más

¿Qué es el usufructo viudal?

Es el derecho que tiene la viuda/o a disfrutar de los bienes de su cónyuge fallecido, con la obligación de conservarlos, es decir no podrá venderlos puesto que el titular del usufructo no es el propietario de los mismos. Ver más

¿Podrá sustituirse el usufructo por otro tipo de prestación?

Si existe acuerdo entre los herederos/as y la viuda, la parte de usufructo que le corresponde a ella puede sustituirse por una renta vitalicia, por un bien en propiedad, por una cantidad de dinero, etc.

¿Puede uno de los cónyuges otorgar testamento sin el conocimiento del otro?

Sí. Cualquier persona puede otorgar testamento en la forma que desee sin tener que comunicárselo a su marido o a su mujer. No obstante, a la hora de testar conviene saber que si el matrimonio rige por el régimen económico de sociedad de gananciales, sólo podrá disponer de la mitad de esos bienes. El resto, adquiridos antes del matrimonio o fruto de una herencia, son privativos y puede disponer de ellos en su totalidad.

¿Pueden otorgar testamento conjunto el marido y la mujer?

El testamento es un acto individual, sea cual sea el estado civil de los testadores. Por lo tanto, aunque ambos cónyuges quieran mejorar a determinados herederos o nombrarse herederos mutuamente, han de hacer testamento por separado.

¿Tiene algún derecho el divorciado o separado sobre los bienes de su ex cónyuge?

No. El divorcio o la separación legal son motivo de pérdida de los derechos hereditarios sobre los bienes del ex marido o de la ex mujer. Ver más

¿La herencia paga impuestos?

Si, las herencias pagan impuestos. El heredero deberá pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Ver más

¿Cuándo hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?

En el plazo de seis meses. Transcurrido ese plazo, Hacienda cobra el recargo correspondiente. Ver más

¿Cuánto hay que pagar en el Impuesto de Sucesiones?

Depende de los bienes heredados y del parentesco con el fallecido. Existe un mínimo exento. Ver más

¿Qué es un albacea?

Es aquella persona designada por el testador en su testamento para administrar sus bienes y dividirlos entre los herederos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el documento. El cargo de albacea es voluntario. Ver más

¿Puedo dejar la herencia a una persona o a una agrupación de mi confianza?

Sin tocar los derechos hereditarios de los legitimarios, es posible dejar un legado a quien se quiera, ya sea una persona física o jurídica. Dentro de la categoría de persona jurídica estarían las instituciones públicas o privadas, lo que incluye a las ONGs como organizaciones sin ánimo de lucro.

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Comentarios (272)

Rafa
20 octubre 2019 20:59
Que puedo hacer si mi madrastra le da la herencia Asus hijas y ami me deja sin nada
Hernández juarez
20 octubre 2019 00:50
si mi padre le movieron asu testamento y se tomó los bienes la amante puedo reclamarlos
Alejandro Diaz
16 octubre 2019 00:36
Estimados

Mi madre falleció en 1993 y estuvo casada con persona que fallece posteriormente. Soy hijo, antes llamados natural...la consulta es , si de los bienes dejados pór su marido fallecido, le correspondia cuarta de libre disposición a mi madre fallecida y de ser asi , si puedo reclamar derechos de herencia de esa cuarta de libre disposición

saludo atte
Dani
09 octubre 2019 18:02
Hola de nuevo,

Otra duda que me embarga es la siguiente:

Si mi mujer hace un testamento unipersonal otorgando todos sus bienes a mí, en caso de fallecer ella, dichos bienes, ¿como sabrían sus padres, hermanos y demás que disponía de ellos?...¿ podrían reclamarme algo y en tal caso como debería proceder yo?...

Muchas gracias
Dani
09 octubre 2019 17:48
Hola. Mi caso actual es el siguiente:

Vivo con mi madre, soy mayor de edad. Mi padre ya falleció hace años, y hace 4 años mi hermano mayor, ( el único que tengo), se vino a vivir con nosotros. Bien, el tema es el siguiente...vivimos en un piso ya pagado, mi madre está como usufructuaria y nosotros 2 los hijos estamos como nudos propietarios. Dicho esto, mi duda y preocupación, (ya se sabe que en todas las familias se cuecen habas), es que al tener 1 hijo mi hermano, si en el caso de fallecer mi hermano, su hijo podría venir a reclamar la parte de su padre correspondiente al piso?...de ser así, ¿podría yo en tal caso arreglarlo de forma legal de manera que llegado ese momento, pues eso...que su hijo tal cual llegara a reclamar esa parte, se tuviera que volver con las manos vacías?....

Gracias de antemano
Manuel Ortega Manriquez
04 octubre 2019 20:38
Tengo una duda, mi madre falleció hace 7 años, ella se casó con mi papá ya teniendo 2 hijos de una pareja anterior, quienes no están reconocidos por mi padre, pero si el los crío.
Nosotros realizamos la posesión efectiva después de fallecer mi madre quien figura como dueña de la casa donde vivimos que adquirió ya casada con mi papá.
Entiendo que los bienes son repartidos entre los herederos, pero quisiera saber que pasa con mis hermanos que no son hijos legales de mi papá al momento que el ya no este con nosotros, hay alguna forma que mi padre pueda dejar estipulado que después de su partida todos los bienes sean repartidos de igual forma en los seis hermanos y no se hagan deferencias con los hermanos que no son sus hijos legales.
Agradezco de antemano su respuesta.
Manuel Santana
18 septiembre 2019 09:21
Hola espero me puedan ayudar mi madre y mi padre hicieron su testamento ante notario mi padre nos heredó a mí hermano y a mi y mi madre a mis 3 hermanos mi padre murió hace 13 años pero ahora que mi hermano y yo queremos poner en orden nuestra herencia sale mi madre con que el testamento de mi padre no es válido y quiere modificarlo todo esto para incluir a mi sobrina que mi hermana la dejo con ellos desde pequeña mi pregunta es lo puede hacer despojarnos a mí hermano y a mi de lo que mi padre nos heredó.
Espero me puedan orientar gracias
Martha Juárez mundo
12 septiembre 2019 19:00
Hola, mi pregunta es: mi padre bueno no es mi padre el me creo desde que yo era una bebé en si mi abuela materna es su esposa y juntos me crearon tengo sus apellidos siempre eh vivido con ellos ahora tengo 31 años el quiere dejar su propiedad como única heredera pero también hay otra persona que registró a su nombre el el es hijo de mi abuela solamente solo q el también lo registro con sus apellidos pero lo quiere dejar fuera del testamento q quiere realizar pues el desde mucho tiempo se fue y jamás vio por ellos ahora regresa y quiere pelear la propiedad, podrá mí padre solo dejarme como única heredera o como debe hacerle para q el no no me pueda pelear el día en mi padre ya no esté, muchas gracias
Isa
17 agosto 2019 12:43
Hola soy divorciada tengo 3 hijos vivo en pareja desde hace 7 años, mi compañero no es el padre de mis hijos. El tiene 2 hijas. Yo he comprado bienes mientras estoy c él con mi dinero pero el recién acaba de divorciarse de su señora.
Sus hijas ya tienen propiedades. Quiero dejar mis bienes solo a mis hijos en caso de q falte. Cómo debo hacer... Para q las hijas no reclamen

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